¿La Propiedad Intelectual?


Hace unas semanas se conmemoró el Día Mundial de la Propiedad Intelectual 2005, una iniciativa para explicar a los jóvenes, de que forma los derechos de propiedad intelectual promueven la innovación, la creatividad y las oportunidades económicas. Pero la pregunta de fondo del día es: ¿los jóvenes entienden de manera clara el significado de la propiedad intelectual?
Estudios realizados en la materia, revelan que la mayoría de los jóvenes que bajan desde Internet archivos protegidos, lo hacen conscientes de estar actuando de manera irregular, pero lo preocupante es que un 54,2% de esos jóvenes señala no estar seguro de la existencia de leyes que prohíben el descargar archivos protegidos desde Internet sin pagar.
Por ello, es de suma importancia intensificar la difusión y educación en materia de derechos de autor, a efecto de que exista, no sólo en los jóvenes sino en toda la población en general conciencia clara de su existencia y de su significado; esto es que entiendan y conozcan cuáles son los beneficios concretos tanto para los autores como para la sociedad en general, de la aplicación correcta y legítima de los derechos de propiedad intelectual.
En este sentido, el derecho de autor en principio se trata de un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras expresiones literarias y artísticas, pero no por las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí, sino sólo por sus expresiones materializadas. Sin embargo, este término el día de hoy ha cobrado mayor importancia, ha rebasado la esfera jurídica, trastocando otros ámbitos como: el social, comercial, individual y social.
Los creadores originales de obras protegidas por el derecho de autor, inclusive sus herederos, gozan de ciertos derechos básicos. Detentan el exclusivo derecho de utilizar o autorizar a terceros a que utilicen su creación en la forma y condiciones que convengan. En general, el creador de una obra tiene el derecho de prohibir u autorizar:
- su reproducción bajo distintas formas;
- su interpretación o ejecución pública;
- su grabación;
- su transmisión;
- su traducción a otros idiomas, o su adaptación.
La mayoría de las creaciones protegidas por el derecho de autor requieren de grandes inversiones y demandan grandes costos para lograr que dicha creación logre una buena distribución, comunicación o divulgación; por tanto, los creadores suelen vender, a particulares o empresas, sus derechos patrimoniales y comerciales, por el pago de un importe. Estos importes suelen depender del uso real que se haga de las obras y por ello se denominan regalías, sin embargo, por una parte, estos derechos tienen una duración legal y por otra, la transmisión de dichos derechos también está sujeta a una duración específica.
Este plazo permite a los creadores, sus herederos, o los adquirentes de los derechos patrimoniales sacar provecho financiero de la obra durante un período de tiempo.
No obstante lo anterior, es muy importante recalcar que el hecho de transmitir los derechos patrimoniales no tiene implicación alguna sobre los derechos propios de los creadores llamados derechos morales que en pocas palabras y de manera simple, significa que el autor será por siempre el autor y por ende, puede oponerse a cualquier modificación a la misma.
En resumen, el derecho de autor es esencial para la creatividad humana al ofrecer a los autores por sus creaciones, diversos incentivos: reconocimiento individual, autoría, prestigio y económico. Este sistema de derechos garantiza a los creadores la divulgación de sus obras sin temor a que se realicen copias no autorizadas o actos de piratería. Es precisamente la propiedad intelectual la herramienta que permite que exista un ambiente idóneo para la innovación, la creación y el desarrollo.
La violación a los derechos de propiedad intelectual en general, afecta directamente a los creadores, a los consumidores, a la sociedad en general, a la cultura, a la innovación, al desarrollo y a la economía en su conjunto. ¡Imaginemos lo siguiente!:
- Usted es diseñador gráfico.
- Usted para vivir requiere ingresos.
- Para tener ingresos, requiere trabajar.
- Para trabajar y vender, requiere entre otras cosas presentar su trabajo.
- Para presentar su trabajo, requirió haberlo hecho previamente.
- Para haberlo hecho previamente, requirió un software.
- Para que ese software hubiere existido, es porque alguien lo creó y desarrollo, y no sólo por ser autor, sino para tener una recompensa económica.
- Una vez desarrollado, alguien lo promocionó y comercializó, es decir, alguien lo puso en el mercado y lo hizo de su conocimiento, y lo hizo evidentemente para obtener ingresos.
- Si el autor y el comercializador y/o distribuidor no obtienen ingresos de esa creación, seguramente la retirarán del comercio y usted no podrá usarla más o bien, actualizarla y seguramente lo utilizó porque le generó beneficios.
- Y así la historia se repetirá…
Ahora bien, imaginemos que los creadores ya no quieren desarrollar nada porque no obtienen remuneración por ello, entonces por obvias razones tendrían recurrir a otras fuentes de ingresos las cuales seguramente no será usted que adquiere software pirata.
Si no quiere pagar por un software, sea que éste sea caro o simplemente no quiera o no pueda entonces, le recomiendo recurrir a las alternativas gratuitas que existen en el mercado de personas, empresas u organizaciones que desarrollan en común, para un propósito de simple divulgación; sin embargo es importante recalcar que éstas alternativas en su mayoría no cuentan con sistemas de licenciamiento que les otorguen garantías, seguridad, actualizaciones, soporte técnico, atención a clientes, entre otros beneficios importantes. ¡Piénselo¡